¿Cuál es la legislación aplicable?
¿Puedo elegir la ley aplicable a mi sucesión?
Última actualización: 10/3/2012
Ello depende de la nacionalidad del causante. No se prevén excepciones con relación a los bienes inmuebles sitos en el extranjero ya que rige el principio de unidad de la sucesión. Si el causante poseía varias nacionalidades, la legislación aplicable es la del país donde se abre la sucesión o, en su defecto, la ley de la nacionalidad efectiva, es decir, la ley del país con la que el causante tenía lazos más estrechos. Por consiguiente, no se admite la elección de la ley aplicable.


