A falta de testamento, ¿quién hereda y en qué proporción?

Última actualización: 10/3/2012

En defecto de testamento, se aplican los siguientes principios a los diferentes casos, como por ejemplo:

  • Si el causante era soltero y sin hijos, los herederos son sus padres y hermanos.
  • Si el causante, sin cónyuge, deja hijos, estos serán los herederos.
  • Si el causante deja cónyuge, en ausencia de descendientes, ascendientes o hermanos, el único heredero es el cónyuge.
  • Si el causante deja cónyuge e hijos, el cónyuge tiene derecho a la mitad de la sucesión si tiene un solo hijo, y a una tercera parte en los demás casos. El resto de la herencia se reparte entre los hijos a partes iguales. La cuota de un hijo premuerto corresponde a sus descendientes por estirpes (representación).
  • Si el causante sin hijos deja cónyuge y ascendientes, en ese caso el cónyuge hereda dos tercios de la herencia y los ascendientes un tercio de la misma.

¿Tienen derechos en la sucesión los miembros de uniones de hecho registradas o no registradas?
El derecho italiano no reconoce la unión de hecho. El derecho italiano no concede derechos sucesorios automáticos al miembro superviviente de la unión de hecho. Este sólo puede convertirse en heredero si así lo prevé un testamento.