¿Cuál es el órgano competente?
¿Con quién debo ponerme en contacto?
Última actualización: 10/3/2012
La sucesión se transmite al heredero sin ningún procedimiento particular, con la condición de que este acepte. La aceptación puede ser expresa o tácita, por ejemplo, en caso de que el heredero disponga de los bienes sucesorios. La aceptación debe realizarse en un plazo de 10 años.
La aceptación expresa de la herencia tiene lugar cuando la persona designada heredera declara en un documento público o en un documento privado que asume el título de heredero.
Según la Ley Consular las autoridades consulares transmiten a las autoridades competentes las declaraciones de aceptación y de renuncia a la herencia.


