¿Cuándo y cómo se convierte una persona en heredera?

Última actualización: 10/3/2012

Los bienes muebles e inmuebles que conforman la herencia de una persona revierten y recaen al fallecimiento de esta, sin perjuicio de las disposiciones testamentarias, en su “representante personal“.

  • El representante personal se llama «albacea testamentario» si ha sido nombrado como tal por el testador en su testamento.
  • El representante personal se llama «administrador» si ha sido nombrado por el tribunal de testamentarías.

La herencia de un causante la administra su representante personal. El representante personal paga las deudas del la causante y reparte los activos y transmite los bienes a los derechohabientes.

Por ello, no es necesario aceptar la sucesión hereditaria. Sin embargo, los beneficiarios de una herencia pueden renunciar a su parte en la sucesión intestada.