¿Cuál es el órgano competente?
¿Con quién debo ponerme en contacto?
Última actualización: 10/3/2012
Los bienes muebles e inmuebles que conforman la herencia de una persona revierten y recaen al fallecimiento de esta, sin perjuicio de las disposiciones testamentarias, en su «representante personal».
- El representante personal se llama «albacea testamentario» si ha sido nombrado como tal por el testador en su testamento.
- El representante personal se llama «administrador» si ha sido nombrado por el tribunal de testamentarías.
El representante personal no puede actuar sin un poder de representación.
- El poder de representación se llama “grant of probate“ si el albacea ha sido designado como tal por el testador en su testamento.
- El poder de representación se llama “grant of administration“ si el administrador ha sido designado como tal por el tribunal de testamentarías.
Puede solicitarse un poder de representación a la Oficina de Testamentarías o al registro de testamentarías del distrito en que el causante, en el momento de su fallecimiento, tuviera domicilio fijo.


