¿Cuál es el órgano competente?
¿Con quién debo ponerme en contacto?

Última actualización: 10/3/2012

Los bienes muebles e inmuebles que conforman la herencia de una persona revierten y recaen al fallecimiento de esta, sin perjuicio de las disposiciones testamentarias, en su «representante personal».

  • El representante personal se llama «albacea testamentario» si ha sido nombrado como tal por el testador en su testamento.
  • El representante personal se llama «administrador» si ha sido nombrado por el tribunal de testamentarías.

El representante personal no puede actuar sin un poder de representación.

  • El poder de representación se llama “grant of probate“ si el albacea ha sido designado como tal por el testador en su testamento.
  • El poder de representación se llama “grant of administration“ si el administrador ha sido designado como tal por el tribunal de testamentarías.

Puede solicitarse un poder de representación a la Oficina de Testamentarías o al registro de testamentarías del distrito en que el causante, en el momento de su fallecimiento, tuviera domicilio fijo.