¿Cuál es el órgano competente?
¿Con quién debo ponerme en contacto?

Última actualización: 10/3/2012

El procedimiento sucesorio es un procedimiento no contencioso, que concluye con una decisión adoptada por el notario. El notario competente actúa en representación del tribunal de primera instancia. Las autoridades húngaras son competentes de manera exclusiva con relación a todos los bienes inmuebles sitos en Hungría.

El procedimiento comienza a instancia de parte o bien de oficio. En la mayoría de casos, es el notario quien dirige el procedimiento. A los efectos del procedimiento sucesorio, es competente el notario cuyo ámbito o territorio de actividad es aquel donde se encontraba el último domicilio del causante en Hungría.

En caso de que el testador no tuviera residencia permanente alguna en Hungría, el notario público será aquel en cuya jurisdicción se situara la última residencia del testador; si esto no es posible, el notario público competente será aquel que actúe en la jurisdicción en la que el testador falleció. Si el testador falleció en un país extranjero y no tenía residencia permanente o cualquier tipo de residencia en Hungría, el notario público en cuya jurisdicción se localice el patrimonio será el encargado de dirigir el procedimiento sucesorio testamentario. En caso de que no se puedan identificar ninguna de estas localizaciones, el Colegio nacional de Notarios húngaro designará a un notario público a petición de la parte interesada en el proceso.

Si la jurisdicción se establece por la ubicación del patrimonio del testador y en base a esto hubiera varios notarios públicos competentes, el secretario judicial escogerá al notario público que actuará.