A falta de testamento, ¿quién hereda y en qué proporción?

Última actualización: 10/3/2012

En defecto de testamento, se aplican los siguientes principios a los diferentes casos, como por ejemplo:

  • Si el causante era soltero, sin hijos, los herederos serán sus padres si están aún vivos y las personas que hayan vivido con el causante bajo el mismo techo durante un período de al menos un año antes de su fallecimiento y que cuidasen al causante o que dependían de él desde el punto de vista material («las personas de convivencia»).
  • Si el causante, sin cónyuge, deja hijos, estos serán los herederos a partes iguales.
  • Si el causante deja cónyuge, este es el único heredero en defecto de descendientes y de padre y madre del causante.
  • Si el causante deja cónyuge e hijos, el cónyuge supérstite sólo será coheredero junto a los hijos. No obstante, antes de distribuir la herencia, el cónyuge obtiene al margen del procedimiento sucesorio la mitad de los bienes comunes. El resto se divide a partes iguales entre el cónyuge y los hijos. La cuota de un hijo premuerto corresponde a sus descendientes en representación del mismo por estirpes.

¿Tienen derechos en la sucesión los miembros de uniones de hecho registradas o no registradas?
Las parejas del mismo sexo pueden registrarse como unión civil. El miembro superviviente de una unión de este tipo se equipara al cónyuge supérstite. Por el contrario, no existe en el derecho checo la unión registrada para personas del sexo opuesto.