¿Cómo se redacta un testamento? ¿Puedo registrarlo?
Última actualización: 10/3/2012
Los testamentos pueden redactarse de manera hológrafa (escritos totalmente por el testador y firmados por el mismo) o elevados a escritura pública por un notario en presencia de dos testigos. En caso de herencias internacionales, resulta particularmente importante la asesoría y legalización de un notario.
En una situación transfronteriza, un testamento es válido en principio si es conforme a la legislación del Estado donde está redactado el testamento, a la legislación del Estado de nacionalidad del causante o a la del país donde este tenía su residencia habitual en el momento en el que testó o en el de su fallecimiento. Además, con relación a los inmuebles, un testamento es igualmente válido si se corresponde a la legislación del país de ubicación del inmueble.
Tras la modificación del Reglamento de Registro el 1 de enero de 2001, se inscriben extractos de testamentos ya abiertos relativos a los bienes inmuebles y a derechos reales.
La información sobre el modo de conservación, registro y búsqueda de un testamento están también disponibles en la web de la Asociación de la Red Europea de Registros de Testamentos (ARERT), bajo el título “Fichas prácticas”.


